Clasificación de las sociedades mercantiles.
Las Sociedades mercantiles se pueden clasificar conforme a varios criterios, entre los que destacan los siguientes aspectos:
Segun su tipo de capital:
- Capital Social: no puede ser modificado, sino por una modificación de los estatutos.
- Capital
Variable (C.V.): es variable, puede disminuir y aumentar conforme el
avance de la sociedad, sin procedimientos complejos.
Según su constitución
- De capital o compañía anónima (sociedad anónima):
En esta, las obligaciones sociales están garantizadas por un capital
determinado y los socios solo están obligados a responder por el monto
de su acción, así que al cancelar el monto de su acción o paquete
accionario se desliza de responsabilidad sobre las obligaciones de la
empresa que pudieran superar este aporte.
- De sociedad o compañía a nombre colectivo (sociedad colectiva):
En esta las obligaciones sociales están garantizadas por la
responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios. Esto quiere
decir que todos los socios están en el deber de afrontar todas las
obligaciones de la empresa, por tanto si un socio fuera incapaz de
responder por falta de dinero u otros motivos los demás socios asumirían
el compromiso. Este sistema esta en desuso por el alto nivel de riesgo
que representa que cada socio deba afrontar la totalidad de las
obligaciones de la empresa, así si una división de la empresa hace un
mal negocio y quiebra arrastra a todas las demás, aún sin tener nada que
ver en el proceso. En su origen fue viable porque se basaba en
propiedades familiares y cada uno de los miembros de las familias con un
alto valor ético y moral respondían solidariamente por las obligaciones
contraídas.
- De sociedad mixta o compañía de comandita:
Aquí se agrupan las dos modalidades, habiendo socios cuya
responsabilidad social se limita a una suma determinada y otros llamados
socios solidarios en el que a cada uno que responden
por el total de las obligaciones de la empresa.
- Compañía de responsabilidad limitada (sociedad limitada):
Aquí las obligaciones sociales están garantizadas por un capital
determinado dividido en cuotas de participación. Se diferencia de las
compañías en que no son fácilmente transmisibles ya que las cuotas no se
pueden representar en acciones ni títulos negociables.